Categorías
Atento Digitex Telemarketing Teleperformance

Negociación del Convenio de Contac Center : SEGUIMOS SIN SER DE GOMA


Categorías
Telemarketing Teleperformance

Teleperformance: CGT anula una MSCT que vulnera los arts. 23, 26 y 27 del Convenio que CCOO, UGT y USO firmaron a escondidas durante el Estado de Alarma


Leer más: https://www.cgt-telemarketing.es/blog/1176-teleperformance-cgt-anula-una-msct-que-vulnera-los-arts-23-26-y-27-del-convenio-que-ccoo-ugt-y-uso-firmaron-a-escondidas-durante-el-estado-de-alarma.html

Categorías
Digitex Telemarketing

Comunicado de CGT, explicando los motivos que han llevado a demandar el ERE de Digitex Comdata.



Leer más: https://www.cgt-telemarketing.es/blog/1177-despido-colectivo-de-digitex-informatica-que-no-te-enganen.html

 

Categorías
Telemarketing

Teletrabajo, no es oro todo lo que reluce. Te lo dice CGT.


Categorías
Acción Sindical Telemarketing

El Tribunal Supremo nos da la razón frente a Transcom

En sentencia dictada el pasado 22 de mayo, el Tribunal Supremo ha estimado el recurso de CGT en la empresa Transcom Worldwide Spain y obliga a esta multinacional sueca a pagar las medias anuales de las ampliaciones de jornada en las vacaciones, de forma análoga a como se hace con el resto de la retribución estival.

La deplorable práctica precarizadora de contratar por un número reducido de horas en el sector del Telemarketing para ampliar jornadas a gusto del empresario sin consolidar esas jornadas sufre un nuevo varapalo de la mano de CGT. Se acabó minorar la retribución en vacaciones en función de la jornada vigente en el momento del disfrute, sin tener en cuenta las ampliaciones hechas a lo largo del año. CGT inició este Conflicto Colectivo porque entiende que durante las vacaciones las personas trabajadoras deben percibir la retribución ordinaria y comparable a los períodos de trabajo; retribución que debe ser la normal o media incluyendo la retribución correspondiente a los períodos de ampliación de jornada.

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional desestimó nuestra demanda hace 2 años pero CGT no se rindió y siguió luchando. La Fiscalía también nos quitó la razón pero finalmente el Tribunal Supremo ha tenido en cuanta nuestra argumentación y cree que la práctica de Transcom iba en contra del principio de no discriminación entre las personas trabajadoras a tiempo completo y las personas contratadas a tiempo parcial.

La sentencia, como sostuvo CGT, deja claro que para una persona contratada a tiempo parcial que a lo largo del año celebra novaciones contractuales que amplían su jornada temporalmente, su retribución ordinaria es, precisamente, la que resulta de promediar lo percibido a lo largo del año. Se reconoce el derecho de que la retribución en vacaciones garantice a la persona trabajadora para su período vacacional no se vea mermada por una decisión empresarial. Esta sentencia abre la puerta en todo el sector para que la retribución en vacaciones sea la justa, incorporando un nuevo criterio al resto de conceptos logrados demanda a demanda de CGT, y es una nueva victoria en una lucha constante en un sector muy depauperado y precarizado.  Las personas trabajadoras de Transcom Worldwide Spain ya pueden reclamar las medias de ampliaciones en vacaciones desde el 2018.

La lucha sigue pero la lucha sirve.

Pulsa aquí para ver la sentencia

Leer más: https://www.cgt-telemarketing.es/blog/1152-el-tribunal-supremo-nos-da-la-razon-frente-a-transcom-la-media-de-las-ampliaciones-de-jornada-deben-pagarse-en-vacaciones.html
Copyright © Sector Federal de Telemarketing

Categorías
Acción Sindical Telemarketing

El TS obliga a pagar salario real en vacaciones a empleados a tiempo parcial

El Tribunal Supremo (TS) ha acordado que los trabajadores con contratos a tiempo parcial pueden disfrutar del salario real, esto es, de la retribución «ordinaria o habitual» percibida a lo largo del año, durante su periodo de vacaciones, con el objetivo de evitar que exista discriminación.

En su sentencia, conocida este miércoles, la sala de lo Social estima el recurso interpuesto por la Confederación General del Trabajo (CGT) en el marco de un conflicto colectivo en la empresa Transcom, y equipara el derecho de estos trabajadores al que se garantiza a los empleados a tiempo completo.

El Supremo anula de este modo el fallo de la Audiencia Nacional, que en mayo de 2018 limitó la retribución de las vacaciones a la jornada vigente que tuviera el trabajador en el momento de su disfrute.

De este modo, exponía la primera instancia, si las vacaciones coincidían «con jornada ampliada, la retribución se computa con arreglo a dicha ampliación de jornada».

Sin embargo, si caían en otros períodos, el salario se calculaba en función de las horas fijadas por el contrato de trabajo, «sin tener en cuenta las ampliaciones de jornada que puedan haberse desarrollado a lo largo del año».

Ahora el alto tribunal atiende el recurso de la CGT, al que se adhirió CCOO, que solicitaba reconocer el derecho de estos trabajadores a una retribución que incluyera las ampliaciones de jornada por necesidades del servicio que se realizan durante el año.

Los magistrados recuerdan que de conformidad a las directivas comunitarias y al Convenio sobre las vacaciones pagadas de la Organización Internacional del Trabajo, durante este descanso el trabajador «debe percibir la retribución ordinaria y comparable a los períodos de trabajo».

Por este motivo entienden que la retribución debe ser el promedio del salario recibido «a lo largo de los once meses correspondientes a la anualidad de devengo vacacional retribuido», ya que han de tenerse en cuenta las ampliaciones de jornada que se realizan a lo largo del año aunque tal situación no se esté dando en ese momento.

Esta conclusión viene reforzada por la normativa de la Unión Europea, insiste la sala, que defiende que «difícilmente podría cumplirse el principio de no discriminación entre trabajadores a tiempo completo y trabajadores a tiempo parcial si la retribución de las vacaciones de estos últimos estuviese condicionada por la jornada que realicen en el momento del disfrute de las vacaciones».

En un comunicado, CGT celebra la sentencia del Supremo y anuncia que «a partir de ahora, en supuestos similares, será inflexible y denunciará o por discriminación a las personas contratadas a tiempo parcial y por discriminación indirecta por razón de sexo».

El sindicato pone de relieve la importancia del fallo, que aunque se centra en una empresa «con más de 40.000 personas dadas de alta, la mayoría mujeres a tiempo parcial, con salarios que no llegan al Salario Mínimo Interprofesional (SMI)», abre un «camino importantísimo» para una aplicación «mucho mayor». EFE

Fuente: https://www.lavanguardia.com/vida/20200610/481705178162/el-ts-obliga-a-pagar-salario-real-en-vacaciones-a-empleados-a-tiempo-parcial.html

Categorías
Acción Sindical Telemarketing

CGT demanda a la patronal del telemarketing por negar el permiso de nacimiento a las madres biológicas


La patronal del sector, la Asociación que representa a las empresas de telemarketing, está en un callejón sin salida. Tras un primer intento de negar el permiso de nacimiento del artículo 28 del Convenio Colectivo, ahora dice, a través de sus principales empresas, que el permiso sólo es para el padre.

La patronal debe haber olvidado que, al haberse equiparado por ley las prestaciones de nacimiento por cuidado de hijo e hija, tanto para la madre biológica como para el otro progenitor, la falta de reconocimiento respecto al disfrute del permiso del artículo 28 por parte de la madre biológica, vulnera de manera fragante el principio de igualdad del artículo 14 de la CE.  Además, es especialmente reaccionario pegar este derecho en un sector fuertemente feminizado, convirtiendo esta vulneración en una discriminación directa e indirecta por razón de sexo en los términos de los artículos 6.1 y 6.2 de la Ley de Igualdad.

Que, desde CGT hemos exigido a la patronal que indique que este permiso es también para la madre biológica y de momento hace mutis por el foro. CGT ha sido el único sindicato en querer aclarar esta situación, mientras el resto de las organizaciones firmaban sin más el acuerdo que le ha propuesto el letrado de la patronal.

Lo de las empresas sigue siendo vergonzoso. No les es suficiente con que trabajemos en uno de los sectores más precarios que existen, sino que, además, cuando hay reformas legislativas se las pasan por el forro.

Estamos hartas de que nos roben nuestros derechos. La lucha sigue.

Leer más: https://www.cgt-telemarketing.es/blog/1154-cgt-demanda-a-la-patronal-del-telemarketing-por-negar-el-permiso-de-nacimiento-a-las-madres-biologicas.html
Copyright © Sector Federal de Telemarketing

Categorías
Acción Sindical Telemarketing

Transcom anuncia un ERE para más de 100 personas de Orange: la historia se repite

De aquellos polvos vienen estos lodos. Tras el ERE presentado por la multinacional Transcom el pasado verano de 2017, mediante un enjuague repugnante avalado por CCOO, UGT, USO y CSIF, esta multinacional ha anunciado que a partir del 30 de septiembre más de 100 trabajadores de los servicios de Fidelización Inbound de Orange, Fidelización Outbound de Orange y Retenciones de Orange serán despedidos por causas económicas, organizativas y de producción.

Los despidos objetivos suelen ser la vía más socorrida cuando las empresas quieren aumentar sus beneficios. Algún visionario en algún despacho de algún lugar de Europa habrá planificado que ahorrándose los sueldos de todos/as los/as afectados/as los beneficios de esta subcontrata de Contact Center pueden aumentar. Lo repugnante es que Orange a día de hoy tiene más trabajo que nunca debido a la competencia de las empresas de telecomunicaciones y a la guerra del fútbol, que eleva la competencia entre compañías y las llamadas telefónicas que se emiten y se reciben desde la subcontrata de turno. Además Transcom no solo no ha mermado su capacidad productiva sino que ha encontrado nuevos clientes y ha creado nuevas filiales de Contact Center.

Dicho de otra manera. Para este ERE, como para muchos otros, no hay causa, y CGT se va a negar a validar un proceso de este tipo. Los sindicatos somos herramientas a disposición de los trabajadores para defendernos de la avaricia de las empresas. Si CCOO, UGT, USO y CsiF quieren volver a validar el ERE que lo hagan, pero nosotros/as vamos a movilizar a los/as trabajadores/as contra estos despidos.

La primera reunión del período de consultas está prevista para el 6 de septiembre. Algún sindicalisto ya está trasladando a los/as trabajadores/as que va a negociar una indemnización mayor comenzando un mercadeo antes incluso de que haya llegado a puerto la mercancía.

Estamos hartos/as de ser carne para la picadora. Estamos hartos/as de ser mercancía de empresas y subcontratas que nos usan, nos exprimen y nos tiran a la basura. Más de 100 familias pueden irse al paro a partir de octubre si este proceso llega a término, pero CGT va a luchar contra los despidos movilizando todos los medios a su disposición. Es importante que la plantilla dé un paso adelante y se movilice en la defensa de sus puestos de trabajo. Nosotros/as pondremos en marcha un proceso transparente en el que informaremos después de cada reunión de todo lo acontecido.

Categorías
Acción Social Telemarketing

Cita previa de la Agencia Tributaria: CGT demanda por despido colectivo

Desde la CGT defendemos el fin de las privatizaciones de los servicios públicos como una seña de identidad de nuestra organización. Esto supone estar en contra de todas las adjudicaciones a empresas privadas para prestar servicios que deberían ser gestionados por la administración pública.

CITA PREVIA DE LA AGENCIA TRIBUTARIA: CGT DEMANDA POR DESPIDO COLECTIVO

La Agencia Tributaria tiene desde hace años un servicio telefónico de cita previa para asignar las citas que los/as contribuyentes tengan que concertar en las diferentes administraciones de Hacienda. Este servicio ha estado prestado por varias subcontratas, como Atento, Konecta, Abante y Servinform, siendo adjudicado en agosto de este año de nuevo a Konecta BTO.

Desde que en el año 2015 fuera concedido a Abante BPO como adjudicatario de este servicio, subcontrató a la mayor parte del personal que iba a gestionarlo a través del Centro Especial de Empleo del Grupo SIFU. Es decir, que este servicio iba a ser prestado mayoritariamente con decenas de trabajadores/as con diversos grados de diversidad funcional.

Los contratos de obra y servicio realizados en el año 2015 reconocían expresamente el XIV Convenio Colectivo General de Centros y Servicios de Atención a Personas con Discapacidad como el convenio de referencia para esos/as trabajadores/as. Un convenio específico que rige según su ámbito funcional en todos los centros especiales de empleo.

Este convenio colectivo recoge expresamente la subrogación obligatoria de todos/as sus trabajadores/as cuando una empresa que tiene un servicio cambia de proveedor. Cuando a principios de este año Servinform fue adjudicataria del servicio de manera provisional por la Agencia Tributaria, mantuvo subarrendados/as a los/as trabajadores/as del Grupo SIFU, garantizando el mantenimiento de todos sus derechos.

Sin embargo, a partir del 1 de agosto de 2018 el servicio pasó a prestarse por Konecta BTO, la principal empresa de Contact Center del Estado español, y eso fue el principio de una pesadilla para sus 92 trabajadores/as.

Tras fracasar las conversaciones entre Konecta y Grupo SIFU, 92 trabajadores/as que venían desempeñando el servicio de cita previa de la Agencia Tributaria recibieron una carta indicando que serían subrogados/as a partir del 1 de agosto a la empresa Konecta BTO. Estos/as trabajadores/as venían prestando el servicio desde Madrid.

Konecta BTO decidió rechazar esta subrogación y mandar una carta a todos/as ellos/as indicando que no reconocían el convenio colectivo de ese centro especial de empleo y que solo ofrecían lo que indica el deplorable Art. 18 del Convenio de Contact Center; es decir, pasar un proceso de selección. Y aún hay más: si estos/as trabajadores/as conseguían superar este proceso, se tenían que trasladar a Sevilla, que era donde Konecta ha decidido prestar este servicio.

No tenemos palabras para calificar el comportamiento del Grupo Konecta, una empresa que está eximida de cumplir el requisito legal de la contratación de un 2% de trabajadores/as con diversidad funcional exigido por la Ley General de Discapacidad (Real Decreto Legislativo 1/2013) al haberse acogido a una medida alternativa mediante los bondadosos y desconocidos actos de la oscura Fundación Konecta.

A CGT le produce un profundo asco todo este proceso, de la que es máxima responsable la Agencia Tributaria y de la que son cómplices todas las sociedades adjudicatarias que han tenido que ver con estos/as 92 compañeros/as. Lamentablemente, no solo se han quedado sin trabajo, sino que también sin derecho a prestación por desempleo, a indemnización y, según hemos sabido, incluso a encontrar un nuevo trabajo, ya que tienen que pasar tres meses desde el 1 de agosto para que otra empresa se pueda bonificar con sus contrataciones.

La miseria de las empresas ha llegado hasta este punto. Tras más de tres años trabajando y sacando adelante con una profesionalidad encomiable el servicio, estos/as compañeros/as están en una situación de extrema necesidad, por culpa de todo lo mencionado.

Desde CGT hemos procedido a interponer una demanda por despido colectivo contra Konecta BTO, Servinform y Grupo SIFU para que los tribunales declaren nulos todos estos despidos y se garantice el salario que han dejado de percibir desde el 1 de agosto.

También vamos a plantear denuncias a la Inspección de Trabajo y vamos a indicarle a la Agencia Tributaria este absoluto despropósito, para que no obligue a que sean los tribunales los que deshagan el entuerto que esta privatización ha permitido.

Categorías
Acción Sindical Telemarketing

Una nueva tragedia propiciada por nuesto terrible Convenio

El servicio del 016 (Atención a las Víctimas contra los Malos Tratos) venía prestándose desde hace muchos años en la empresa Qualytel.

Sin embargo, el nuevo adjudicatario del servicio es la empresa Atienza, que viene prestando el servicio desde las 23:59 del pasado martes 12 de junio. Un servicio tan sensible para la sociedad debería contar con agentes con la mayor experiencia posible. De hecho, en el pliego de condiciones que sacó la administración se indicaba que, en caso de cambio de contrata, los trabajadores y trabajadoras del 016 deberían ser subrogados a la nueva empresa. Es decir, deberían continuar en el servicio, manteniendo todas sus condiciones laborales: horarios, antigüedad, categoría profesional y tipo de contrato.

Sin embargo, esto no ha sido así. La nueva empresa adjudicataria (Atienza) ha dicho que el convenio de Contact Center no obliga a realizar una subrogación de la plantilla, y que tan sólo están obligados a aplicar el artículo 18 del convenio de Contact Center firmado por la patronal y CCOO-UGT.

Así daba la noticia eldiario.es

«Atenzia no se hizo cargo del servicio en la fecha que le correspondía. Adujo que no había recibido la documentación necesaria, pero comunicó a la plantilla del 016 su intención de aplicar un artículo del convenio colectivo de Contact Center que hacía peligrar sus condiciones laborales, como finalmente ha sucedido.»

De esta misma noticia se han hecho eco otros medios de carácter nacional como 20minutos, El País, El Mundo o Público. Todos ellos han redundado en lo mismo: el convenio de Contact Center está diseñado para que las plantillas pierdan sus condiciones laborales en caso de cambio de contrata. Pero es que los firmantes del convenio, además de establecer condiciones por debajo del Estatuto de los Trabajadores en cuanto a la subrogación, acordaron en una Comisión Paritaria (la que da derecho a los liberados) que, en caso de aplicación del artículo 18, la nueva adjudicataria puede contratar a los antiguos trabajadores con la jornada y turno que les venga en gana. Una invitación en toda regla para que esos trabajadores y trabajadoras desistan de continuar trabajando en ese servicio por no poder asumir las nuevas condiciones.

Durante la negociación de este convenio, desde CGT alertábamos de esta situación que se repite constantemente en nuestro sector. Esto provoca que perdamos constantemente aquellas condiciones de trabajo tan difíciles de conseguir. En el caso del 016 nos encontramos personas que llevan prestando servicio 10 años en Qualytel y que ahora se ven, o en la calle, o ante una oferta de trabajo abusiva que recorta sus horarios de trabajo y, por tanto, los ya de por sí escasos ingresos que venían percibiendo. Algo que sabíamos todos los sindicatos que estábamos en la mesa y que CCOO-UGT no han tratado de evitar. De hecho, con sus acuerdos en la paritaria lo han empeorado aún más.

Una nueva situación de vergüenza.

Fuentes :

https://www.eldiario.es/economia/trabajadoras-afrontan-empresa-condicion…

https://www.eldiario.es/economia/noticias-Atenzia-informar-atendiendo-te…

https://www.eldiario.es/economia/trabajadoras-telefono-atencion-maltrata…

https://www.eldiario.es/economia/Sanidad-desentiende-futuro-dicen-actuar…

Leer más: https://www.cgt-telemarketing.es/blog/1018-una-nueva-tragedia-propiciada…

Copyright © Sector Federal de Telemarketing