- El carácter universal y voluntario de adhesión al procedimiento de despido colectivo.
- La asignación de cupos para cada Dirección General operativa, los cuales de no cubrirse pasarían a asignarse a la Dirección Corporativa.
- La modificación del sistema de adhesión se realizará por criterios de antigüedad, iniciándose el mismo, previsiblemente, el 1 de agosto, hasta el 15 de septiembre.
- Las retribuciones serán las devengadas y reconocidas en el momento de la adhesión, no incluyendo en las mismas ni las dietas, ni los excesos de jornada, etc.
- La recolocación interna en el caso de que se detecten necesidades.
- La indemnización de 20 días por año, con un tope de 12 mensualidades.
La totalidad de la Comisión Sindical rechaza este despido colectivo, al menos de momento, posicionándose en contra de las triviales justificaciones económicas y organizativas que la empresa plantea para defender el citado despido, exigiendo el ingreso de nuevos trabajadores que garanticen la viabilidad de la empresa, así como el necesario rejuvenecimiento de la plantilla y la internalización de cargas de trabajo.
Para CGT no tienen justificación las razones aportadas por la empresa para promover este nuevo despido colectivo, dado que las “sangrías” deficitarias alegadas por la dirección no han sido provocadas por los trabajadores, sino por la nefasta y negligente actuación de los gestores de la misma, a la postre el Consejo de Administración, con el único fin de entregar el negocio existente alrededor del Ferrocarril Público a las empresas privadas de sus amigos.
CGT ha vuelto a manifestar lo improcedente de este despido colectivo, al ser un eslabón más en la cadena de desmantelamiento del ADIF y la precarización de las condiciones laborales de sus trabajadores. CGT apuesta por el ingreso de personal en unas condiciones dignas, anulando cualquier pretensión de precarizar el empleo dentro del sector ferroviario y aportando propuestas para cambiar la modalidad de los despidos colectivos por otros mecanismos que no penalicen el empleo, como Contratos de Relevo, u otros similares, a través de los cuales se compagine la salida voluntaria de trabajadores con menos de 65 años y la entrada de personal que garantice la viabilidad de la empresa y el mantenimiento de su carácter Público y Social.
¡DEFIENDE TUS CONDICIONES LABORALES!
¡ORGANÍZATE EN LA CGT!